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Compra de una vivienda

Compra de una vivienda

Recomendaciones previas a la compra de una vivienda: 

A la hora de comprar una vivienda, es importante tener en cuenta que siempre debes considerar un 10% adicional para cubrir gastos diversos. 😊 Por lo tanto, antes de comenzar la búsqueda de tu nuevo hogar, es fundamental tener claro cuánto puedes gastar y cuánto estás dispuesto a invertir. 💰

Una excelente idea es acudir a tu entidad bancaria de confianza y consultar cuál es el límite de financiamiento al que podrías acceder en caso de encontrar una vivienda que te interese. 🏦

También te recomendamos explorar las siguientes fuentes que ofrecen valiosos artículos legales relacionados con temas de vivienda:

- Ministerio de Fomento

- Notariado

- Registro de la Propiedad


Ayudas directas para la compra de vivienda:

En cuanto a las ayudas directas para la compra de vivienda, en términos generales, es importante señalar que son limitadas. No obstante, existen algunas excepciones que podrías consultar en:

- Agencia Tributaria de las Islas Baleares

- Instituto Balear de la Vivienda


Solicita una vivienda protegida 

El ciudadano que quiera acceder a una vivienda protegida de nueva construcción tendrá que solicitar su inscripción al Registro Público de Demandantes de Vivienda.

 

¿Qué requisitos son necesarios para realizar la inscripción? 📋

  • Ser mayor de edad o menor emancipado legalmente con capacidad jurídica.
  • 🏠 Estar empadronado en la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
  • 🏠 No disponer de vivienda en propiedad (aunque existen una serie de excepciones).
  • 🚫 No haber renunciado de forma injustificada a una vivienda del IBAVI en los dos años anteriores.

 

¿Hay un nivel de ingresos mínimos y máximos para acceder a la adjudicación de una vivienda?

📊 No hay establecidos unos ingresos mínimos ni máximos fijos, sino que este mínimo y máximo se determina por cada procedimiento de adjudicación de vivienda.

Podréis encontrar la información sobre los ingresos mínimos y máximos en la web de la IBAVI cada vez que se abre un nuevo procedimiento.

Para acceder a la adjudicación de una vivienda hay que tener en cuenta que los ingresos máximos y mínimos que se tienen en cuenta son los de la unidad de convivencia.

 

¿Qué tipos de vivienda protegida hay? 

Las viviendas protegidas pueden ser:

  • 🏢 Públicas (IBAVI)
  • 🏘️ De promoción privada (es decir, de promotor privado que construye una vivienda con las características de una vivienda protegida).

En ambos casos, si quieres optar a alguna de ellas debes solicitar la inscripción en el Registro de Demandantes de Vivienda.

 

¿En qué régimen se puede solicitar la vivienda protegida?

En régimen de:

  • 💰 Venta,
  • 🏢 Alquiler
  • 💲 Alquiler con opción a compra
  • 🤝 Cesión de uso
  • 🔄 O indistintamente

 

¿Qué hay que hacer para inscribirse en el Registro de Demandante de Vivienda?

Presentar la declaración ante el Instituto Balear de la Vivienda, de forma presencial o telemáticamente.

 

¿Qué documentación debo presentar para inscribirme?

A) Formulario de solicitud

B) Modelo de consentimiento de datos y representación

C) La siguiente "documentación" de TODOS LOS MIEMBROS DE LA UNIDAD DE CONVIVENCIA:

🆔 C.1 - Documentación acreditativa de la identidad:

  • Fotocopia del Documento Nacional de Identidad en vigor (DNI)
  • Personas extranjeras no comunitarias: tiene que aportar la fotocopia del nombre de Identificación de Extranjeros en vigor (NIE)
  • Personas extranjeras comunitarias: certificado de inscripción en el registro de ciudadanos de la unión europea juntamente con la copia del pasaporte o documento de identidad en vigor.
  • Menores de edad que no dispongan de la documentación anterior: fotocopia del libro de familia o certificado de nacimiento.

🏘️  C. 2 - Certificado municipal de empadronamiento de la Comunidad de las Islas Baleares:

Debes presentar el certificado histórico de empadronamiento de los municipios de las Islas Baleares en los que hayas estado empadronado. Por lo tanto, si has residido en más de un municipio de las Islas Baleares es necesario presentar el certificado de empadronamiento de cada uno de los municipios dónde hayas estado empadronado.

📊 C. 3 -  Documentación acreditativa de ingresos:

- Si está obligado a hacer la declaración de la renta debes aportar:

  • Fotocopia de la declaración de la renta del último ejercicio fiscal cerrado de todos los miembros de la unidad de convivencia.
  • Extracto bancario de todas las cuentas corrientes del cual los miembros de la unidad de convivencia son titulares con los ingresos obtenidos durante el último ejercicio fiscal cerrado.
  • En caso de ser perceptor de una pensión por incapacidad, orfandad o viudedad, aportar también el certificado emitido por el organismo competente indicando el importe íntegro percibido durante el último ejercicio fiscal cerrado.
  • Cualquier otro certificado acreditativo de ingresos no contemplado en los supuestos anteriores.

- En caso de NO estar obligado a realizar la declaración de la renta debes aportar:

  • Certificado de las prestaciones reconocidas con la indicación del importe íntegro percibido durante el último ejercicio fiscal cerrado de todos los miembros de la unidad de convivencia.
  • Extracto bancario de todas las cuentas corrientes de los miembros de la unidad de convivencia con los ingresos obtenidos durante el último ejercicio fiscal cerrado.
  • En caso de personas empleadas del hogar de alta en régimen especial deben aportar: contrato laboral y certificado de los ingresos del último ejercicio fiscal cerrado.
  • Además, se admite cualquier otro certificado acreditativo de ingresos no contemplado en los supuestos anteriores.

La documentación acreditativa de ingresos no contributivos o exentos de impuestos, así como la información económica de los trabajadores de régimen especial, de trabajadores del hogar se tendrá que actualizar anualmente, una vez finalizado el ejercicio fiscal correspondiente.

📃 C.4 - Documentación que DEPENDERÁ DE LA SITUACIÓN PERSONAL:

- Si estás casado: el libro de familia.

- Si tienes pareja estable: documento de inscripción en el registro de parejas estables.

- Si estás soltero: el certificado del registro civil.

- Si estás separado, divorciado o en relación de pareja estable extinguida: sentencia judicial de separación o divorcio certificado de registro de parejas estables acreditando la extinción. * En caso de que estés separado, divorciado y tengas hijos menores: aportar también el convenio regulador aprobado por sentencia judicial.

- Si eres una familia numerosa: título de familia numerosa con fecha de fin de vigencia.

- Las personas con un grado de discapacidad: certificado acreditativo de la discapacidad emitido por la Dirección General de la Dependencia General o por la Seguridad Social u organismo competente que lo sustituya con fecha de finalización de los efectos.

- Si eres víctima violencia de género: presentar alguno de los siguientes documentos:

  • Orden de protección en vigor o resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima solicitante o cosolicitante.
  • Sentencia condenatoria por un delito de violencia de género.
  • En ausencia de protección o sentencia judicial informe del ministerio fiscal que indique la existencia de indicios de que la demandante es víctima violencia de género.
  • Informe emitido por el Institut Balear de la Dona u organismo competente.

- Si estás jubilado: documento acreditativo emitido por la Seguridad Social u organismo competente que lo sustituya, de la condición de jubilado.

- Si eres pensionista mayor de 65 años: documento acreditativo emitido por la Seguridad Social u organismo competente que los sustituya de la condición de pensionista.

- En caso de que seas propietario de una vivienda: debes acreditar la imposibilidad de disfrutar de la vivienda, y para ello debes presentar la siguiente documentación:

  • Sentencia firme de separación o divorcio que acredite que se ha perdido el uso de la vivienda.
  • Nota registral de la vivienda del cual es titular acreditando que el derecho sobre ésta recae en un porcentaje inferior al 50% de la vivienda y que ésta ha sido obtenida por herencia.
  • Certificado del ayuntamiento acreditando que el estado en ruina de la vivienda o certificado del organismo competente acredite que la vivienda del cual se es propietario no reúne las condiciones mínimas de habitabilidad establecidas en la normativa vigente, siempre que las deficiencias no sean corregibles con soluciones constructivas no afectando a la estructura del edificio.

- En caso de necesitar vivienda adaptada: certificado de discapacidad que acredite un 33% con movilidad reducida de carácter permanente, la cual haya sucedido posteriormente a la compra de la vivienda siendo titular y acreditada mediante certificado emitido por la Conselleria D'Afers Socials i Esports o el organismo competente que los sustituya acreditando la necesidad del uso de silla de ruedas.

Conclusión: Debes presentar la documentación acreditativa de todos aquellas situaciones personales que reúnas. Por ejemplo: Persona casada y miembro de una familia numerosa: debe proceder a presentar el libro de familia + el título de familia numerosa con fecha de fin de vigencia.

 

¿Cuáles son las formas de presentar la documentación?

- Presencial: Se tiene que cumplimentar el formulario y la hoja de consentimiento de datos y representación y firmarlos, y preparar toda la documentación pertinente. Una vez tengas preparados todos los documentos has de solicitar cita previa para presentar toda la documentación:

- Telemáticamente: Se tiene que rellenar la hoja de consentimiento de datos y representación y firmarlo, así como preparar toda la documentación pertinente. Una vez tengas todo preparado podrás iniciar el trámite telemático. En el trámite telemático tendrás que: (i) rellenar todos los campos, (ii) subir la documentación (iii) revisar la documentación subida y (iv) finalizar el trámite.

 

 ¿Cómo tengo conocimiento de que he hecho el trámite telemático de manera correcta?

Si lo has hecho bien recibirás un SMS. 📲

Si está incorrecto, el IBAVI te enviará una comunicación para subsanar la parte incorrecta.

 

Una vez que me he inscrito en el Registro de Demandante de Vivienda ¿Qué debo hacer ahora?

📆 Es recomendable que de manera periódica vaya mirando la web del IBAVI. En concreto, el apartado de "Listados de adjudicación de viviendas". En dicho apartado se publican los procesos de adjudicación de las viviendas de las que dispone el IBAVI, así como los listados de los solicitantes, aspirantes a acceder a una de las viviendas disponibles.

 

¿Qué vigencia tiene la inscripción en el Registro de Demandante de Vivienda?

📅La inscripción en el Registro tendrá una vigencia de 2 años. Si se quiere continuar en el Registro transcurrido dicho plazo, es necesario renovar la inscripción antes de su vencimiento. Si no se hace la renovación, se producirá la baja automática.

🔗 Más información 

 

 

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